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TARIFA SOCIAL MINIMA

¿Qué es la Tarifa Social Mínima Mensual ?

La Tarifa Social es un beneficio establecido por el Gobierno de la Provincia de Tucumán, a través de los Decretos N° 103/3 (MDP) y 1254/3 (MDP).

¿A quiénes alcanza ?

A los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a vivienda familiar única quienes, por sus condiciones socioeconómicas de pobreza, no puedan cumplir con el pago de la tarifa normal por los servicios de Agua Potable, como así también a aquellos donde funcionen comedores gratuitos para personas indigentes, durante al menos tres días a la semana, con certificación de la Secretaría de Estado de Políticas Sociales o de aquel organismo que la reemplace en el futuro.

¿En qué consiste ?

En el pago de una tarifa mensual de $3,00 para los usuarios del Servicio de Agua, $5,25 para usuarios de Agua y Cloacas y $2.25 para los usuarios de Cloacas solamente. Estos importes no incluyen IVA, tasas y canon.

¿Cómo se obtiene ?

Los interesados deberán realizar personalmente el trámite en la Agencia de la SA T que corresponda a la jurisdicción de su domicilio.

¿Cuáles son los requisitos ?

A los fines de considerar su otorgamiento, se tendrá en cuenta los siguientes indicadores:

  • Propietario o poseedor a título de dueño de vivienda única. En caso de no coincidir con el nombre del titular de la cuenta, presentar título de propiedad (Original y fotocopia).
  • El consumo de energía eléctrica en el inmueble no podrá ser mayor de 300 Kwh/bimestral (consumo promedio de los últimos seis períodos). Presentar original y fotocopia de la última factura.
  • Los ingresos del grupo familiar conviviente no deberá superar la Asignación Mínima Previsional Obligatoria, dispuesta por Régimen Previsional Nacional (a la fecha $ 350).
  • El inmueble no deberá contar con telefonía fija o móvil, o televisión satelital o por cable.
  • La vivienda deberá estar calificada con una TBMZ (exOSN) menor o igual a 2.3 para Agua y 3.5 para Agua y Cloaca, o Cuota exSPAP 50 para Agua y 55 para Agua y Cloaca. Estos datos figuran en la factura.
  • Escolaridad: En el caso de hijos convivientes en edad escolar, presentar constancia de alumno regular. En el corriente año se exigirá la acreditación hasta 7° grado de la educación obligatoria.
  • Presentar junto con la solicitud el documento nacional de identidad del titular y su cónyuge (original y fotocopia), debiendo completar todos los datos insertos en la misma, los que tendrán carácter de declaración jurada: A) Grupo Familiar conviviente y sus ingresos (Traer información detallada de: Apellido y Nombre, N° de DNI, Edad, Fecha de Nacimiento, original y fotocopia del Recibo de Haberes); B) Datos del inmueble (Traer información de superficie del terreno y cubierta edificada, cantidad de habitaciones, N° de Padrón Inmobiliario). C) En caso de enfermedades graves, crónicas y/o terminales de cualquier miembro del grupo familiar, presentar certificación médica de organismos oficiales.


IMPORTANTE: SAT verificará la exactitud de los datos consignados en la Solicitud mediante inspección y a través de los medios de consulta públicos o privados y reclamará por la vía que corresponda el resarcimiento económico en caso de falseamiento de datos. La vigencia del beneficio será por un año a partir de la fecha de su otorgamiento y podrá ser renovado mientras se mantengan las condiciones exigidas.

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